BASES LEGALES DE LA PROMOCIÓN

TendenciasPLUS concurso "IPhone15 sorteo"


1. Entidad organizadora y objeto de la promoción.

DEYDE DATACENTRIC, S.L.U. con NIF B83086926, domicilio social en calle Jose Echegaray, 9 28232 Las Rozas de Madrid, Madrid y dirección de correo electrónico audience@datacentric.es (en adelante, “el Organizador”) pone a disposición de los participantes, residentes en el territorio nacional de España, las condiciones que regirán el Sorteo denominado “TendenciasPLUS Concurso Iphone15sorteo” (en adelante el “Sorteo”).

2. Ámbito temporal y territorial del Sorteo.

El plazo de registro y participación comenzará el día 10 de Noviembre de 2023 a las 00:00 horas, CET (hora central europea), y finalizará el día 4 de Noviembre de 2024 a las 00:00 horas, CET, periodo durante el cual lo dispuesto en el presente documento estará vigente, no admitiéndose nuevas participaciones a partir de esa fecha.

El Sorteo se comunicará por el Organizador a las direcciones de correo electrónico facilitadas por los usuarios en el momento de registrarse. El Organizador se reserva el derecho a suspender, aplazar, cancelar o modificar la duración del Sorteo en cualquier momento anterior a su finalización, bajo determinadas circunstancias que serán publicadas en el sitio web del Organizador, accesible desde las webs concursos de tendenciasplus.com, así como en cualesquiera otros canales de comunicación a través de los cuales se dé a conocer el Sorteo. El Sorteo será de ámbito nacional, de tal manera que se desarrollará en el territorio de España, pudiendo participar en el mismo, todos los residentes en territorio español que cumplan los requisitos establecidos en estas Bases.

3. Requisitos de participación y mecánica de la promoción.

La participación en el presente Sorteo es gratuita y supone la aceptación de todas y cada una de las condiciones establecidas en las presentes Bases y la adquisición de la condición de Participante. Para participar en el Sorteo, resulta imprescindible cumplir con los siguientes requisitos:

Sólo se acepta una participación por persona y/o empresa y no podrán participar los empleados del Organizador, ni de ninguna empresa del grupo empresarial Tinsa así como ninguno de sus familiares, en caso de hacerlo no podrán recibir el premio indicado en estas bases legales. No podrán participar en el Sorteo las personas que no cumplan todos y cada uno de los requisitos anteriormente mencionados. Si resultase ganadora alguna persona que no reúna los requisitos detallados y/o no cumpla en general lo dispuesto en las presentes Bases, quedará excluida del Sorteo y perderá su derecho a obtener el Premio ganado. Asimismo, cada Participante garantiza la exactitud de las informaciones proporcionadas por su inscripción y la participación en el Sorteo. Toda declaración inexacta provocará la pérdida del derecho a la obtención del Premio y la obligación de que éste sea reembolsado si se descubriese la inexactitud de dicha información. El Organizador se reserva el derecho de no admitir o de expulsar como Participante en el Sorteo a todo usuario que lleve a cabo acciones que puedan ser consideradas abusivas, contrarias al principio general de buena fe y/o a los principios de independencia, imparcialidad y/u objetividad del resultado del Sorteo.

4. Elección de ganador, premio y notificación.

El 8 de noviembre de 2024 se escogerá de forma aleatoria a uno de los usuarios que hayan participado en el sorteo y que estén activos en la base de datos. La comunicación a los premiados se realizará a través del correo electrónico. En caso de que no recibir contestación por parte del ganador, en un plazo de una semana, o si los datos facilitados fueran falsos o erróneos, el premio se comunicará al siguiente acertante, que se volverá a elegir de forma aleatoria, si no se recibiese contestación en el plazo indicado o los datos fueran falsos o erróneos, se volverá a escoger a otro ganador y así se hará sucesivamente hasta llegar al tercer acertante. En caso de no resultar válidos ningunos, el premio se considerará desierto.

El premio es un modelo de IPhone 15 128 gb, libre para ser usado con cualquier operador en la configuración de menos capacidad de memoria de entre las disponibles y en el color seleccionado por el ganador.

El premio está valorado en 950 euros, el ganador podrá elegir entre recibir el premio o el valor económico del mismo. El ganador conoce y consiente que sus datos relativos a su nombre y apellidos, fotografía y localidad de su residencia sea publicado en la página de la comunidad TendenciasPlus y en las redes sociales asociadas a la misma.

5. Obligaciones fiscales.

A los premios de la presente promoción, les será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; el Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, en su Disposición Final Segunda punto 4; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 27 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y el artículo 48, apartado 6, y apartado 7, número 12 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo de Regulación del Juego y el procedimiento para su presentación telemática y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo, así como cualquier norma que desarrolle o modifique las anteriores, por lo que, en su caso, corresponderá al Patrocinador la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).

De conformidad con la citada normativa, se informa a los participantes en la presente promoción de que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio sea superior a 300 euros. En relación con lo anterior y en cumplimiento de la vigente normativa fiscal, el Organizador practicará la correspondiente retención e ingreso a cuenta sobre el premio entregado y, en su momento, expedirá la oportuna certificación que facilite al participante el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener que incorporar en su declaración de IRPF el rendimiento consistente en el premio recibido, junto con el resto de las rentas que perciba, y de cuya cuota total se podrá deducir como ya ingresada la cantidad que conste en la mencionada certificación de ingreso a cuenta. El participante ganador deberá confirmar el día de la entrega del premio sus datos personales, así como mostrar su DNI, pasaporte o NIE. Con el fin de que puedan ser efectuadas las retenciones mencionadas en el punto anterior, el ganador deberá firmar en todo caso un escrito justificativo de la recepción del premio, al recibir el mismo y entregar fotocopia de su documento de identificación oficial. En caso contrario, perdería su derecho a la recepción del premio. La cumplimentación de los datos personales y fiscales de los ganadores necesarios para la entrega de los premios tiene carácter obligatorio, de forma que la ausencia de cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al premio obtenido. El Organizador queda exento de toda obligación fiscal que derive del presente Sorteo.

6. Derechos de propiedad intelectual e industrial.

El Organizador es titular o, en su caso, cuenta con las licencias correspondientes sobre los derechos de explotación de propiedad intelectual e industrial de todos los contenidos ofrecidos, incluyendo textos, fotografías o ilustraciones, logos, marcas, grafismos, diseños, interfaces, o cualquier otra información o contenido, y los servicios disponibles a través de aquéllos. En ningún caso se entenderá que el ofrecimiento del Sorteo implica una renuncia, transmisión, licencia o cesión total o parcial de dichos derechos por parte del Organizador. El Participante dispone de un derecho de uso de los contenidos únicamente con la finalidad de disfrutar de las prestaciones del servicio en el desarrollo del Sorteo, de acuerdo con las presentes Bases. Las referencias a marcas o nombres comerciales registrados, u otros signos distintivos, ya sean titularidad del Organizador o de terceras empresas, llevan implícita la prohibición sobre su uso sin el consentimiento del Organizador o de sus legítimos titulares.

7. Protección de datos de carácter personal.

Toda la información sobre este apartado la puede encontrar en la política de privacidad que debe leer y aceptar el usuario para participar en esta promoción. El usuario deberá aceptar la casilla y dar su consentimiento expreso para recibir comunicaciones publicitarias en los términos descritos en la política de protección de datos.

8. Responsabilidades y garantías.

El Organizador, así como cualquiera de las entidades relacionadas con este Sorteo, no se responsabilizan de posibles pérdidas, deterioros, retrasos o cualquier otra circunstancia imputable a terceros o a Internet que pudieran afectar a la participación en el presente Sorteo. Asimismo, el Organizador no garantiza la disponibilidad, continuidad ni infalibilidad del funcionamiento de la plataforma de Internet o de cualesquiera otros mecanismos utilizados para desarrollar el Sorteo y, en consecuencia, se exime, en la máxima medida permitida por la legislación vigente, de cualquier responsabilidad derivada de los daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta de disponibilidad, continuidad o mal funcionamiento de dicha plataforma o de cualesquiera otros mecanismos utilizados, que pudiera afectar o impedir la participación en el Sorteo y/o su normal desarrollo. Por otro lado, el Organizador, sus proveedores, subcontratistas, colaboradores, agentes o distribuidores quedan exonerados de cualquier responsabilidad por daños, ya sean físicos o de cualquier otra índole, que pueda sufrir cualquier Participante del Sorteo por cualquier acción u omisión no imputable al Organizador, sus proveedores, contratistas, colaboradores, agentes o distribuidores, durante su participación en el Sorteo. Aun cuando el Organizador se compromete a cumplir con la diligencia debida sus obligaciones, recogidas en las presentes Bases, no será responsable: (i) de los errores en los contenidos y datos aportados, en su caso, por los Participantes; (ii) de los intentos fallidos de acceso a las plataformas relacionadas con el Sorteo, o a su información; ni (iii) de errores o fallos técnicos que puedan ocurrir al procesar las participaciones. En caso de que se produzca cualquier fallo técnico u operativo que dificultase el normal desarrollo del Sorteo y, en particular, que haga imposible la entrega del Premio o el envío de la participación del Participante, el Organizador realizará sus mejores esfuerzos para remediar la situación producida a la mayor brevedad. Sin embargo, en caso de que ello no fuera finalmente posible, el Organizador se reserva el derecho de poner fin al Sorteo sin que los Participantes tengan derecho a percibir indemnización alguna por este motivo. En todo caso, si se detectase que alguno de los Participantes ha incurrido en cualquier acción que pudiera ser considerada fraudulenta, abusiva y/o perjudicial para el Organizador, éste se reserva el derecho de tomar las medidas que estime oportunas. En este sentido, el Organizador pretende que todos los Participantes participen en igualdad de condiciones y con estricto respeto a las leyes, la moral, el orden público o los usos o costumbres que rigen este tipo de actividades. En todo caso, el Organizador se reserva el derecho a modificar en cualquier momento las presentes Bases, sin perjuicio de que realizará el correspondiente anuncio a través de los medios empleados para dar difusión al Sorteo, sin que por ello asuma responsabilidad alguna, así como por una causa de fuerza mayor o circunstancias fuera del control de la entidad organizadora, comprometiéndose a comunicar con suficiente antelación las nuevas Bases y las condiciones de participación, en su caso. El Organizador se reserva el derecho a cancelar la celebración del Sorteo bajo determinadas circunstancias. En tal caso, y siempre que no hubiera finalizado el plazo expresamente establecido en las presentes Bases, el Organizador no se compromete a la asignación del Premio. Cuando la cancelación del Sorteo se deba a causa de fuerza mayor o circunstancias que quedan fuera del control del Organizador, no quedando este obligado, en tal caso, a adjudicar el Premio al Participante Ganador. La participación en el Sorteo implica que el Participante ha leído y aceptado la presente cláusula de exención de responsabilidad y las Bases que rigen el Sorteo.

9. Cláusula de salvaguarda.

Todas las cláusulas o extremos de las presentes Bases deben ser interpretadas de forma independiente y autónoma, no viéndose afectadas el resto de estipulaciones en caso de que una de ellas sea declarada nula por sentencia judicial firme. En tal caso, el Organizador sustituirá la cláusula o cláusulas afectadas por otra u otras que tengan los efectos correspondientes a los fines perseguidos por las partes en las presentes Bases.

10. Ley aplicable y resolución de conflictos.

En todo caso, la normativa vigente determinará las leyes que deban regir y la jurisdicción que deba conocer de las relaciones entre el Organizador y cualquier Participante en el Sorteo. Ello, no obstante, en aquellos casos en los que dicha normativa vigente prevea la posibilidad para las partes de someterse a un fuero determinado, el Organizador y los Participantes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten a la legislación española vigente en el momento del litigio y a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid.